Un software de videollamadas que te dice cómo de «motivado» estaba el equipo en la reunión. Una herramienta de atención telefónica que puntúa la «empatía» de cada trabajador según su tono de voz. Una pulsera que promete medir el estrés de la plantilla. Suenan a mejoras de gestión, y se venden como tales. Pero según la Comisión Europea (2026), el Reglamento de IA prohíbe nueve prácticas, entre ellas el reconocimiento de emociones en lugares de trabajo y en centros educativos. Algunas funciones como estas podrían caer ahí.
No hace falta tener mala intención para acabar usando algo prohibido: basta con contratar una herramienta sin mirar qué hace por dentro. Este análisis repasa, en lenguaje de negocio, qué prohíbe el reglamento, qué usos pueden colarse sin querer en una empresa y qué conviene comprobar. No es asesoramiento jurídico: para tu caso concreto, consulta a tu asesor o a tu delegado de protección de datos.
Qué prohíbe el reglamento y desde cuándo
Según la Comisión Europea, el Reglamento de IA prohíbe nueve prácticas. Las prohibiciones 1 a 8 son efectivas desde febrero de 2025. La novena, la de los sistemas de IA que generan contenido sexual explícito o íntimo no consentido o material de abuso sexual infantil, como las aplicaciones de «desnudar» con IA, lo será desde diciembre de 2026.
No vamos a enumerar aquí las nueve: la lista completa figura en la página de la Comisión Europea que citamos al final, y es la que debes consultar. Nos centramos en las que más fácilmente pueden tocar a un empleador, empezando por una que pocos directivos esperan encontrarse.
El caso que se cuela sin querer: inferir emociones de tu equipo
El reglamento prohíbe el reconocimiento de emociones en lugares de trabajo. En términos sencillos, hablamos de herramientas que intentan deducir cómo se siente una persona, por ejemplo a partir de su cara o su voz. Existen excepciones, por ejemplo por razones médicas o de seguridad, y están recogidas en el artículo 5 del Reglamento; no conviene darlas por supuestas en tu caso.
¿Dónde se puede colar? Estas son algunas funciones que, si aparecen en una herramienta que contratas, merecen una pregunta antes de activarlas:
- Analítica de reuniones que evalúa el «ánimo», la «participación» o la «energía» de los asistentes a partir de vídeo o audio.
- Software de atención al cliente que puntúa el tono emocional de cada trabajador y lo usa para evaluarle.
- Sistemas de cámaras o dispositivos que presumen detectar cansancio, estrés, aburrimiento o «compromiso».
- Paneles de «bienestar» que infieren cómo se siente la plantilla a partir de señales de su cara o su voz.
No te decimos que cada una de estas funciones entre automáticamente en la prohibición: depende de cómo funcione y de para qué se use, y para eso está el asesor. Lo que sí decimos es que, si un proveedor te vende que «detecta emociones» de tus empleados, la pregunta no es si funciona, sino si puedes usarlo.
Tres situaciones habituales, de más a menos delicadas
No todo lo que toca a las personas del equipo está prohibido. Esta tabla ordena tres situaciones para que sepas dónde poner el cuidado. Es una guía para orientar, no un dictamen.
| Situación | Cómo se ve en la práctica | Qué hacer |
|---|---|---|
| Inferir emociones de la plantilla | Una herramienta que lee cara, voz o gestos para deducir ánimo, estrés o implicación | No activarla sin consulta previa al proveedor y al asesor: el reglamento prohíbe el reconocimiento de emociones en el trabajo, con excepciones limitadas |
| Herramientas que influyen en decisiones sobre personas | Software que ordena candidaturas, evalúa el rendimiento o asigna tareas | Tratarla con mucha cautela: el empleo es un área sensible con reglas específicas; la decisión final debe ser siempre humana |
| Apoyo corriente al trabajo | Redactar borradores, resumir documentos, preparar listas de comprobación | Es un uso habitual; el riesgo suele ser otro, como la confidencialidad de los datos, y se resuelve con política y formación |
Lo que no está prohibido pero exige cabeza: las decisiones sobre personas
Más allá de lo prohibido, hay un terreno donde la empresa debe ser especialmente cuidadosa: usar IA para decisiones que afectan al empleo. Según la Comisión Europea, con el «AI Omnibus» (propuesta adoptada el 19 de noviembre de 2025, acuerdo político el 7 de mayo de 2026 y entrada en vigor el 27 de julio de 2026) las reglas para los sistemas de IA de alto riesgo de áreas sensibles, entre las que figura el empleo, se aplicarán desde el 2 de diciembre de 2027.
Esto significa que algunas herramientas de IA que se usen para seleccionar, evaluar o gestionar a personas en el trabajo podrían estar sujetas a obligaciones específicas; tu asesor te dirá cuáles. Aunque esa fecha aún quede lejos, conviene empezar a pensar ahora en ello, sobre todo si estás evaluando proveedores.
En España hay además una norma laboral que ya te afecta si tienes representación de los trabajadores. El artículo 64.4.d) del Estatuto de los Trabajadores da al comité de empresa el derecho a ser informado por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles. Ese derecho corresponde al comité de empresa, no a cada trabajador individual.
Con independencia de la normativa, una regla de sentido común: la IA puede preparar información, pero contratar, evaluar, sancionar o despedir son decisiones de personas con responsabilidad.
Qué puede costarte
El artículo 99 del Reglamento de IA fija multas administrativas de hasta 35 millones de euros o, si el infractor es una empresa, hasta el 7 % de su volumen de negocios mundial anual del ejercicio anterior (la cuantía que sea mayor) por incumplir las prácticas prohibidas del artículo 5. En las pymes, incluidas las empresas emergentes, se aplica la cuantía que sea menor.
Son los máximos previstos, no lo que se impone en cada caso. Pero conviene tomárselo en serio: la Comisión Europea comunicó el 31 de julio de 2026 que, desde el 2 de agosto de 2026, su Oficina de IA y las autoridades nacionales empiezan a hacer cumplir el Reglamento de IA. Y no olvides que usar una herramienta prohibida, además de la sanción, puede dañar la relación con tu equipo.
Cómo comprobarlo en tu empresa
Tres pasos sencillos que no requieren ser experto en normativa:
- Haz un inventario de las herramientas que usáis. Anota cada programa que incluya IA, incluidos los que vienen dentro de otros (videollamadas, telefonía, software de recursos humanos, sistemas de seguridad).
- Pregunta al proveedor, por escrito, qué hace cada una. En concreto, si analiza cara, voz o gestos de las personas, y si lo usa para inferir emociones o evaluar a trabajadores. Guarda la respuesta.
- Si hay una función dudosa, desactívala hasta resolverlo. Consulta a tu asesor o a tu delegado de protección de datos antes de volver a activarla.
Y añade el factor formación. La Comisión Europea precisa que el artículo 4 del Reglamento de IA es aplicable desde el 2 de febrero de 2025, por lo que la obligación de adoptar medidas para apoyar el desarrollo de la alfabetización en IA del personal ya se aplica. Un equipo formado tiene más fácil reconocer una herramienta dudosa y saber a quién preguntar. Si quieres profundizar en los usos prohibidos de biometría, tienes un artículo sobre qué usos de IA están directamente prohibidos con biometría. Y en cómo evitar sesgos en los sistemas de IA empresariales encontrarás otra cara del mismo problema: las decisiones sobre personas. Para la parte de datos, mira IA y RGPD.
Fuentes
- Comisión Europea (2026): AI Act | Shaping Europe's digital future
- Comisión Europea, AI Act Service Desk (2026): Article 99: Penalties | AI Act Service Desk
- Comisión Europea, Oficina de IA (2026): AI Literacy - Questions & Answers | Shaping Europe's digital future
- Comisión Europea, Representación en Chipre (2026): Commission starts enforcing AI Act rules and new transparency requirements on 2 August
- BOE (2025): Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
Conclusión
El reglamento europeo prohíbe nueve prácticas de IA y una de ellas, el reconocimiento de emociones en el trabajo, puede colarse en herramientas de uso cotidiano sin que nadie la haya pedido. La forma más sencilla de protegerte es inventariar lo que usáis, preguntar a los proveedores qué hace cada herramienta, desactivar lo dudoso y formar al equipo para que sepa qué preguntar.
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